La Ciudad

La importancia de conocer nuestros derechos: Certificado Único de Discapacidad

¿Qué es? ¿Quiénes lo deben tramitar? Profesionales abogados responden los interrogantes.

Por: Estudio Jurídico Duluc & Asociados / Etudio Jurídico Moreno & Bausinger

Queridos ciudadanos y ciudadanas de la ciudad, esperamos que todos estén muy bien, nos volvemos a encontrar en esta semana en nuestra columna jurídica para contarles sobre la consulta que nos hizo en nuestro estudio de la ciudad, Raquel, a quien le informaron en su obra social que debe gestionar el “CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD”, pero ¿Qué es? ¿Quiénes lo deben tramitar?.

Raquel vive lejos de nuestras oficinas, por lo que estuvo con esta duda desde el mes de marzo, ¡antes de que comience la etapa de Aislamiento Preventivo y Obligatorio!, ahora está retomando nuevamente todos los trámites pendientes y llego el momento de asesorarse al respecto…

Cuando nos llamó, nos comentó que ella convive con personas de riesgo, por lo que se estaba cuidando mucho y prefería no tener que ir a la entrevista presencial en nuestra oficina, ante esta situación, ofrecimos a Raquel nuestro servicio de consulta jurídica por plataforma virtual.

En el día y hora estipulada, por medio de la plataforma VIDEOLLAMADA DE WHATSAPP, nos reunimos con Raquel y le explicamos que el Certificado Único de Discapacidad, o también llamado por sus siglas: “CUD” es un documento que acredita plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional, en cualquier circunstancia en que sea necesario invocarla.

Es tan importante como lo es nuestro Documento Nacional de Identidad, por lo que, ante su pérdida, debe efectuarse la denuncia inmediata.

Ante su preocupación por las consecuencias de su tramitación, le explicamos claramente que el certificado no afecta a la vida civil de la persona; no tiene relación con el porcentaje de discapacidad, ni con la declaración judicial que determine la designación de un curador.

Entonces, ¿Quién se considera persona con discapacidad? Se considera persona con discapacidad a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral. Todo esto es conforme a nuestra ley Nacional N° 22.431 denominada” Sistema de Protección Integral de los Discapacitados” a la cual nuestra provincia de Santa Fe adhiere a través de la ley N° 9325.

En conclusión, para que una persona con discapacidad sea considerada como tal, debe poseer el Certificado que acredite la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación y qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar.

De esta manera, si usted padece de artritis reumatoidea, enfermedades cardiovasculares, patología auditiva, patología de columna vertebral, patología renal, pautas de desarrollo madurativas, deficiencia intelectual-mental, deficiencia visual, discapacidad visceral respiratoria, discapacidad visceral digestivo/hepático , discapacidad motora, epilepsia, esclerosis múltiple o miastenia gravis, podrá consultar los requisitos y la documentación necesaria a presentar en este link.

Si ya tramitaste tu CUD, aprovechamos la ocasión para recordarte la prórroga por un año, contado desde la fecha de su vencimiento, de los Certificados Únicos de Discapacidad (emitidos en virtud de las Leyes Nº 22.431 y sus modificatorias y Nº 24.901) y Símbolos Internacionales de Acceso (emitidos en virtud de la Ley N° 19.279 y Decreto N° 1313/93), cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1° de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive.

¿Tengo que hacer algún trámite para gestionar la prórroga de mi Certificado? NO, no es necesario realizar ningún trámite, ya que la prórroga es automática, en todo el territorio provincial y nacional.

Si Ud. se encuentra en una situación semejante, solicítenos una consulta jurídica y con gusto lo asesoraremos de manera particular y personalizada. ¡Para leer más contenido sobre difusión de nuestros derechos, seguinos en nuestras redes!

Para los que todavía no nos conocen, somos un grupo de profesionales abogadas que trabajamos en distintas ramas del derecho, y entre ellas ejercemos con mucho compromiso y responsabilidad en Derecho de la Salud y Derecho Previsional, desarrollándonos en las localidades de Funes, Roldán y Rosario. Creemos y trabajamos por una abogacía preventiva y ética.

Publicamos quincenalmente en esta medio nuestra columna jurídica, destinada a difundir nuestros derechos ante situaciones problemáticas que suelen suceder en trámites ante las Obras Sociales, Prepagas, o para gestionar las Jubilaciones, pensiones y demás beneficios ante la ANSES.

Nos encontramos en nuestra próxima publicación en 15 días, con la consulta de Mario: “¡Aumento mi obra social otra vez! No me avisaron nada, me entere cuando llego la factura… ¿Es legal?”

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