La Ciudad

Prisión preventiva por lesiones graves y amenazas para los agresores de la mujer roldanense

Este martes a las 13 tuvo lugar la audiencia imputativa. Uno de ellos deberá permanecer detenido dos años y otro 60 días.

Este martes a las 13 mediante videoconferencia se llevó adelante audiencia imputativa a J.R.A y O.R.M. por el delito de lesiones leves dolosas en carácter de coautores por los hechos ocurridos en Roldán el pasado sábado. La Jueza de Primera Instancia Valeria Pedrana dictó prisión preventiva efectiva por el plazo de ley (dos años) para J.R.A. y por el plazo de 60 días para O.R.M.

A O.R.M. además se le imputa el delito de Amenazas calificadas por uso de arma en grado consumado y en calidad de autor. A J.R.A. se le atribuyen otros delitos como lesiones leves agravadas por su condición de funcionario público, resistencia a la autoridad en calidad de funcionario público y amenazas; apremios ilegales e icumplimiento de deberes de funcionario público y defraudación a la administración pública.

La Fiscal Dra. Raquel Almada les atribuyó diversos hechos:

# A J.R.A y O.R.M. se les imputa el hecho ocurrido el 17 de octubre de 2020 a las 14hs aproximadamente en Río Gallegos a la altura catastral del 500 de la localidad de Roldán cuando J.R.A. tomó a una mujer de su cabello y la arrastró hacia un terreno lindero, inmovilizándola en el piso, propinándole golpes, a raíz de lo cual le ocasionó lesiones que le provocaron una incapacidad laboral por el término de 25 a 30 días. Por su parte O.R.M. le brindó ayuda a J.R.A evitando que dos hombres puedan asistir a la víctima mientras efectuaba la agresión. Por éste hecho se le atribuyen el delito de lesiones leves dolosas en carácter de coautores, dicha calificación fue escogida ya que se recibieron los exámenes médicos correspondientes y el resultado de una tomografía computada arrojando que la víctima no presentaba fracturas.

# A O.R.M. se le atribuye el hecho de fecha 29 de septiembre de 2020 momentos antes de las 18.15hs en Río Gallegos al 500 de Roldán, cuando intimida a una mujer con una escopeta Maverick modelo 88 12GA con numeración visible mientras le efectuaba amenazas cuando le apuntaba con el arma; habiendo sido secuestrada la escopeta registrada en la zona antes mencionada.

# A J.RA. además se le atribuye el hecho ocurrido el 25 de septiembre de 2018 a las 10.10hs aproximadamente en Sarmiento al 4300 de la Ciudad de Rosario, cuando permaneciendo en instalaciones de la comisaria 15, en su carácter de empleado policial mantiene una discusión con otro empleado policial, y le propina golpes de puño causándole lesiones. Por éste hecho se le atribuye el delito de Lesiones leves agravadas por su condición de funcionario público.

# A J.R.A. se le atribuye el hecho de 26 de octubre de 2018, a las 16hs en Solis al 1700 de Rosario, cuando el imputado se hace presente en el domicilio de su ex pareja, en virtud de un llamado al 911 otros empleados policiales se apersonan en el domicilio de la zona para notificar al imputado de lo dispuesto en oficio del Juzgado de Familia del 25/10/18 sobre la prohibición de acercamiento y cese de hostigamiento hacia su ex pareja y su hijo. En esos momentos J.R.A. se niega a notificarse y entorpeció la realización del procedimiento con intención que no se lo notifique, mientras se negaba a salir de la vivienda para ser notificado, y efectuando amenazas hacia el personal policial. Por su parte en fecha 3 de noviembre en el horario de cumplimiento de servicio, circulaba con un vehículo deportivo rojo y se pone a la par de un móvil policial conducido por un efectivo policial, saludándolo y riéndose para intimidarlo. Dicho efectivo había participado en el procedimiento de fecha 26/10/18. Por estos hechos se le atribuyen los delitos de Resistencia a la autoridad en calidad de funcionario público y amenazas.

#A J.R.A se le imputa el hecho de fecha 23 de octubre de 2018 a las 22hs en Solis al 1700 de rosario, en ejercicio de sus funciones en un procedimiento en dicha zona cuando procede a la aprehensión de su ex pareja con posterior traslado a la comisaría 14, le efectúa golpes causándole traumatismo de tórax y diversas lesiones. Por éste hecho se le atribuye el delito de apremios ilegales.

#También se le atribuye a J.R.A, en su carácter de empleado policial en ejercicio de sus funciones, no haber cumplido con el mínimo de 8 horas diarias y 36 semanales de servicio ordinario previsto, durante los meses de enero y febrero de 2015. Además se excedió en la cantidad de horas extraordinarias permitido por la reglamentación vigente superando el mínimo de 120hs. quincenales , durante los meses de enero y febrero 2015. Por su parte percibió indebidamente ingresos en fraude de la Administración Pública Provincial, originados los mismos en la realización de horas extraordinarias en exceso y fuera de la reglamentación vigente. Por estos hechos se le atribuye Incumplimiento de deberes de funcionario público y Defraudación a la administración pública.