La Ciudad

Pirotecnia Cero: dónde denunciar el uso o la venta en la ciudad y de cuánto es la multa

La Municipalidad en coordinación con la Agrupación Padres Autismo Roldán ponen en marcha una campaña de concientización de cara a las fiestas de Fin de Año.

La Municipalidad de Roldán, en coordinación con la Asociación “Padres Autismo Roldán”, realizan una campaña de concientización sobre el uso de pirotecnia denominada “Más luces, menos ruido”.

Desde la entidad recuerdan que el uso de material ilegal causa sufrimiento en personas con autismo, al igual que en adultos mayores y animales, y además daña el medioambiente.

“La idea es visibilizar la situación y concientizar sobre la no utilización de pirotecnia más allá de hacer cumplir una ordenanza en vigencia. Vamos a salir fuerte en redes y el medios recordando los canales para denunciar en caso de que haya gente usando o más aún si alguien ve locales o personas vendiendo”, destacó por su parte la secretaria de Desarrollo Social, Betiana Odesti.

En este sentido, existe una ordenanza (1028/19), que prohíbe la venta de estos elementos. De detectarse, se aplicarán multas de acuerdo a la gravedad de la infracción.

Se pueden aplicar las sanciones de decomiso de la totalidad de la mercadería que infrinja la ordenanza, clausura y/o inhabilitación por los términos y sanciones establecidos en el Código de Faltas, y hasta retirar la habilitación municipal del comercio del infractor por un término de tres años corridos.

Cabe aclarar que lo recaudado se va a destinar a solventar los costos para las campañas permanentes de concientización y educación.

Por denuncias, reclamos o consultas están habilitadas las siguientes líneas telefónicas:

GUR Centro: 4962860

Tribunal de Faltas: 4960447

GUR Loteos: 4960880

Municipalidad: 4961500

Multas y prohibiciones

Vale recordar que está prohibido el uso y la venta de elemento pirotécnicos con las siguientes características:

#Petardos mayores a 20 gramos

#Foguetas de diámetro interno del tubo mayor a 1,5 pulgadas

#Morteros de todos los pesos, de efecto audible o lumínico diámetro interno del tubo superior a 2 pulgadas

#Mortero con bomba de todos los calibres y todos los efectos.

Se exceptúan los calibres menores a los mencionados, y los productos que produzcan efectos visibles y lumínicos de bajo impacto sonoro.

Las penas por infracciones estipulan multas de entre 500 y hasta 10.000 litros de nafta súper, en su equivalente en pesos al momento de efectivizarse la pena.