#RoldánElige: cuáles son las sanciones por no haber ido a votar este domingo
Los electores habilitados tendrán una sanción económica si no pueden justificar su ausencia en los comicios.
Las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (Paso), que se llevaron a cabo este domingo 16 de julio, eran de carácter obligatorio y quienes no cumplieron con su deber cívico deberán justificarlo ante la Justicia Nacional Electoral para evitar sanciones.
En el caso de no justificarse, el elector o electora pasará a integrar el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y recibirá una multa económica que deberá ser abonada en el Banco Nación mediante transferencia o de forma presencial.
Las sanciones económicas por no votar en las Paso varían entre $50 y $500 para los electores mayores de 18 años y menores de 70, teniendo un período de«sesenta (60) días de la respectiva elección» para justificar la ausencia.
La multa por no haber ido a votar podrá abonarse en el Banco de la Nación Argentina de forma presencial en cualquiera de sus sucursales o bien mediante canales electrónicos como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, entre otros.
El infractor que no pague la multa, no podrá realizar gestiones o trámites durante 1 año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales. Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de los 60 días establecida la jornada electoral.
Cabe recordar que todas aquellas personas mayores de 18 años y menores de 70 tienen la obligación de asistir a emitir su voto dentro del establecimiento designado por el padrón electoral definitivo.
El monto de la multa será definido según la cantidad de infracciones que se hayan cometido. Por tanto, en caso de no emitir el sufragio en las Paso quedarán fijadas de la siguiente manera: si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar deberá abonar $50, si tiene una infracción previa será de $100, con dos infracciones previas sin regularizar el valor llegará a los $200.
En tanto, si el votante tiene tres infracciones previas sin regularizar tendrá una multa de $400, mientras que si el votante tiene cuatro o más infracciones previas sin regularizar ascenderá a $500.
Quiénes no se encuentran obligados a votar
La Constitución Nacional establece que en Argentina el voto es obligatorio para todas las personas que tengan entre 18 y 70 años, mientras que los electores de 16 y 17 años, como también los mayores de 70, pueden hacerlo de forma optativa.