El Concejo se va a poner picante: debatirán una presunta “incompatibilidad de cargos públicos” de Pedretti
Según un dictamen de la Secretaría Gobierno, Municipios y Comunas, el exintendente y actual edil “se encontraría incurso en una causal de incompatibilidad conforme lo dispuesto en el artículo 25°, inciso 5° de la Ley Orgánica de Municipalidades”.

Este lunes ingresó al Concejo un expediente que plantea una posible incompatibilidad de funciones del exintendente y actual concejal José Pedretti. El tema, que ya había generado debate en el recinto el año pasado, vuelve ahora a escena tras un dictamen de Municipios y Comunas.
Según el dictamen Nº 028 – Expediente Nº 00103-0066871-6, emitido por la Secretaría de Gobierno, Municipios y Comunas de la provincia, se informa que José María Pedretti fue designado asesor de comisión en la planta de personal de gabinete (de carácter temporario) a partir del 1 de diciembre de 2021, mediante el Decreto Nº 131/2021.
El presidente del Concejo, Carlos Alustiza, señaló: “De acuerdo al análisis de la información aportada, se concluye que el exintendente habría ocupado durante al menos 10 días ambos cargos de forma simultánea, percibiendo, aparentemente, remuneración por los dos cargos”.
El dictamen se basa en lo establecido por el artículo 1° de la Ley Nº 4973 —modificada por la Ley Nº 10.469—, que prohíbe a los agentes del Poder Legislativo y de la administración pública, ya sea centralizada o descentralizada, ocupar más de un cargo efectivo del presupuesto.
Además, el artículo 2° de la misma norma establece que el ejercicio de un cargo presupuestado o contratado en el ámbito provincial es incompatible con la ocupación de cargos de cualquier tipo en otros niveles del Estado.
Desde la perspectiva de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, el dictamen concluye que Pedretti “se encontraría incurso en una causal de incompatibilidad conforme lo dispuesto en el artículo 25°, inciso 5° de dicha norma”.
En consecuencia, corresponde al Concejo Municipal de Roldán evaluar la situación y adoptar las medidas que considere pertinentes, garantizando al edil el derecho a defensa ante el cuerpo, tal como lo establece el artículo 35° de la misma ley.
Alustiza analizó: «El informe expresa que Pedretti actualmente es funcionario de la Cámara de Senadores y Concejal por lo que estaría contraponiéndose a la ley de incompatibilidades. Sin embargo sería muy apresurado emitir una opinión sin permitirle a Pedretti ejercer su derecho de defensa”.