La Ciudad

El paquete de medidas del Municipio para hacerse de fondos en medio de la crisis

El Concejo autorizó al Ejecutivo este viernes a poner llevar adelante algunas disposiciones económicas y financieras en pos de contar con recursos líquidos para hacer frente a erogaciones.

El Concejo por unanimidad aprobó el pasado viernes la adhesión de la ciudad a la Ley de Necesidad Pública establecida por el gobierno provincial y aprobaron una ordenanza que vino acompañada de medidas puntuales a las que podrá recurrir el ejecutivo municipal para hacerse de recursos en medio de la crisis por el Covid19.

En ese paquete de autorizaciones que brindó el legislativo local, se incluye:

# La negociación de valores corrientes a los efectos de hacerse de liquidez para afrontar las erogaciones del estado mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el Poder Ejecutivo Nacional; debiendo informar al Concejo los movimientos de la operatoria mencionada.

# La compra directa, para atender los rubros que sean consecuencia de la pandemia, y durante el período de tiempo que rija el aislamiento social, preventivo y obligatorio; debiendo informar al H.C.M los movimientos de la operatoria mencionada.

# La toma de deuda con las entidades bancarias a los efectos de poder abonar los sueldos de los empleados municipales y los planes de asistencia solidaria estipulados en el Decreto Municipal N° 01.045/06.-

#La Prórroga hasta el 30 de abril del corriente año el vencimiento relativo a tributos municipales y demás obligaciones formales correspondientes al mes de abril, con suspensión de las tasas de intereses y multas correspondientes. Esta prórroga podrá ser extendida en caso que se disponga la continuidad del aislamiento social preventivo y obligatorio.

#Se establece que todo lo estipulado por el Decreto Municipal Nº01.062/20 respecto a las condiciones excepcionales de funcionamiento de la Administración dependiente del Poder Ejecutivo, en todo lo concernientes a plazos administrativos, funciones, y demás condiciones establecidas, tendrán vigencia mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio determinado por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco que determina la emergencia nacional en materia sanitaria.

#Se deja sin efecto, por el plazo de ciento ochenta (180) días, las Ordenanzas municipales que contemplen afectación de fondos y rentas especiales, exceptuando las partidas correspondientes a Bomberos y al Hospital, pudiendo el Poder Ejecutivo Municipal imputar dichos fondos a la prestación de servicios esenciales que estime convenientes; debiendo regularizar dicha situación dentro del presente ejercicio.

Junto con esta ordenanza se aprobaron dos más, que van en el mismo sentido:

# La 1059/20 a través de la cual se le pide al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 1123/08, el saldo del aporte de fondos no reintegrables, correspondiente al año 2020 para la Adquisición de Equipamiento y Rodados para el Municipio, haciéndose la salvedad que el Municipio se encuentra adherido al Plan Equipar Ley Nº13.566, Ordenanza Nº914/16 y/o para ser afectado a gastos corrientes si fuera necesario; facultándose al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la elección entre ambas opciones.”

“Facultase al señor Intendente Municipal a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial de las adquisiciones que se mencionan en el artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorizase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el presente”. Establece.

# La 1060/20 a través de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar para gastos corrientes, los porcentajes que autoriza la Ley de Necesidad Pública Nº13977, de los fondos correspondientes de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 1123/08, el correspondiente al año 2019.