La Ciudad

Los 27 deportes que quedan habilitados para practicarse desde este lunes en la ciudad

Sólo lo pueden hacer personas mayores de 16 años, en espacios ventilados y respetando distancias.

El pasado viernes Roldán reglamentó, entre otras cosas, las actividades deportivas en la ciudad. Son 27 las disciplinas que pueden volver a realizarse, aunque con ciertas particularidades.

Se trata de actividades deportivas que no impliquen contacto físico entre los participantes, previa aprobación de los protocolos presentados por cada entidad, que contemplen las adaptaciones y medidas de higiene y prevención a tomar en las instalaciones y la modalidad particular de desarrollo de cada disciplina, respetando en lo que correspondiere el protocolo base (PROBA), aprobado por el Ministerio de Salud y la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, y con las siguientes especificaciones:

#con participantes a partir de los dieciséis (16) años de edad;

#en el horario de (siete) 7 a diecinueve (19) horas;

#disponiendo un sistema de turnos, para evitar sobrepasar la cantidad de asistentes a las instalaciones que resulte prudente determinar en cada caso,

#en espacios abiertos o suficientemente ventilados, incluyendo en los mismos a los gimnasios que reúnan tales características, garantizando en todos los casos el distanciamiento social;

#sin espectadores;

#sin reuniones previas o posteriores a la práctica;

#sin habilitar espacios de uso común y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores; habilitando solo baños exteriores;

#debiendo, los que van a realizar la práctica, concurrir por sus propios medios, llevando sus elementos individuales de higiene, hidratación y prevención y cumplimentando las medidas de distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón al momento de desplazarse hacia y en las instalaciones,

#disponiendo, de ser posible, distintas puertas de ingreso y egreso;

#arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, en especial los propios de cada disciplina, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre;

#llevando un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.

Los deportes que podrán llevarse a cabo son:

Atletismo (excluida las postas), arquería, automovilismo (sin acompañante), tiro, BMX, motociclismo, running, ciclismo, canotaje, remo, kajak (individual), gimnasia artística y con aparatos, equitación, golf, tenis, pelota paleta, tenis con paleta o criollo, futbol tenis, tenis de mesa, tenis de mesa, padel, bochas. En las actividades con oponentes deberá respetarse una distancia entre ellos de 6 metros.

Se habilitan solo a los fines del entrenamiento individual: boxeo, judo, lucha, artes marciales.

Las disciplinas colectivas o en equipos, solo a los fines del entrenamiento individual, conforme los protocolos específicos para cada disciplina, complementarios a los establecidos para las instalaciones que presenten al efecto las asociaciones o entidades, y que cuenten con la aprobación de la Secretaría de deportes dependiente del Ministerio de desarrollo social.

En cada oportunidad que las personas quieran participar de alguna de las actividades habilitadas en el presente decreto, deberán registrarse en la aplicación móvil COVID-19 Provincia de Santa Fe, y completar con carácter de declaración jurada el formulario que en la misma obra; constituyendo la certificación habilitante para circular en esa oportunidad.