La Ciudad

¿Qué sanciones prevé el Código de Faltas por desagotar piletas en la zanja?

Las multas van desde apercibimientos hasta desembolsos en dinero. La Municipalidad inició una campaña para informar a los vecinos.

Con la llegada del calor, los vecinos empiezan a llenar las Pelopincho y a preparar las piscinas. Como mantener el agua con los productos indicados suele demandar costos más altos que vaciar y llenar la pileta periódicamente, es usual encontrar frentistas que eligen esa segunda opción, desechando miles de litros en zanjas y provocando daños en las calles. El Municipio inició una campaña para evitar esta situación.

“El Tribunal Municipal de Faltas recuerda que se encuentra en vigencia la Ordenanza 344/02 a través de la cual se prevén sanciones para quienes arrojen aguas servidas, aguas jabonosas o procedan a vaciar piletas de natación en la vía pública. Dicha norma sancionada por el Concejo Municipal tiene previstas importantes multas para quienes cometan esas faltas”, se comunicó.

La citada normativa regula expresamente: “El abandono, depósito, arrojo de desperdicios, residuos, enseres u objetos muebles en desuso en la vía pública, arroyos, parques, paseos, baldíos y casas abandonadas, como así también el arrojo de aguas servidas, aguas jabonosas o aguas de piletas en la vía pública, o en zanjas y cunetas se penará con multa de 15 litros a 200 litros de nafta súper y/o clausura de hasta 90 días”.