Ley de Municipios: Roldán queda a un paso de sumar otro concejal en 2027
El documento ya aprobado por el Senado estipula que las ciudades con más de 30.000 habitantes pueden tener un cuerpo legislativo integrado por siete miembros. ¿A partir de cuándo?
La Ley Orgánica de Municipios que ya se debate en la Legislatura prevé una readecuación de los órganos legislativos de todas las ciudades de la provincia en relación a la cantidad de habitantes. El proyecto tiene media sanción en el Senado y ahora se debatirá en Diputados: de no haber modificaciones sustanciales, hay 17 localidades que podrán sumar un concejal más, y Roldán está en ese listado.
La Ley Orgánica de Municipios busca establecer un nuevo marco jurídico e institucional para los gobiernos locales, adaptado a la reforma constitucional de la provincia aprobada el año pasado. Con la entrada en vigencia de la nueva Constitución, los municipios de más de 10 mil habitantes quedaron habilitados a sancionar su propia Carta Orgánica y definir su estructura de gobierno. La nueva ley que se busca sancionar regirá para aquellas localidades que no cumplan con el requisito poblacional, o que pese a hacerlo definan no dictar sus “miniconstituciones”. Pero también funcionará como norma supletoria para las que sí escojan ese camino.
En ese marco, el artículo 21 de la nueva ley fija los parámetros para la organización ejecutiva de los gobiernos locales, y una escala de aumento progresiva en el número de legisladores, en función de la cantidad de habitantes. Para las localidades que tienen entre 20 mil y 50 mil habitantes estipula un Concejo con siete miembros.
Vale recordar que según datos del censo realizado en 2022, Roldán tiene 30.680 habitantes, un número que hoy, habiendo pasado más de cuatro años del censo, es ampliamente superior.
Bajo estos parámetros, Roldán debería sumar un nuevo edil y tener un cuerpo legislativo conformado por siete integrantes. ¿A partir de cuándo?: la decisión final de adaptar las estructuras legislativas a la nueva ley quedará en manos de los propios municipios.
El mismo texto normativo establece que aquellas localidades que tengan menos concejales de lo previsto según su población, podrán decidir mantener su número actual o aumentar en función de lo que plantea la ley. La decisión se tomará a instancia del Ejecutivo y mediante una ordenanza sancionada por los dos tercios del Concejo y tienen hasta antes del 30 de noviembre de 2026.
En caso de que hasta esa fecha los municipios no manifiesten la voluntad de mantenerse con el número actual, sumarán de forma obligatoria un concejal en las elecciones de 2027. “En todos los supuestos previstos en el presente artículo a partir del año 2031 los concejos municipales se conformarán de conformidad con la presente ley”, se remarca en la norma.
Tras la media sanción en el Senado, el proyecto de Ley Orgánica de Municipios fue girado a Diputados para su tratamiento. Según un informe elaborado por el portal Suma Política, en el oficialismo reconocen que puede haber algunas modificaciones menores, pero aseguran que las cuestiones de fondo ya están acordadas con la oposición.