El incremento de las Asignaciones Familiares alcanza a trabajadores municipales
FESTRAM advierte que para abonar estos montos rigen los mismos plazos que con el pago de salarios.
Desde FESTRAM advirtieron que los nuevos montos de asignaciones familiares alcanzan a los trabajadores y trabajadoras de los municipios y comunas, quedando las autoridades locales obligadas legalmente a efectivizar los nuevos valores en forma inmediata. En caso contrario y a partir de la fecha de vencimiento del pago de haberes, comienza el derecho de reclamo con retención de tareas.
Cuando esta Federación (FESTRAM) obtuvo una de sus mayores conquista sindicales, a través de conseguir el Estatuto y Escalafón del Personal de Municipios y Comunas, se estableció por primera vez el derecho de los trabajadores municipales y comunales de toda la provincia de Santa Fe a percibir asignaciones familiares.
Así, el Artículo 22 de la Ley 9286 estableció “El personal Municipal y Comunal tiene derecho a percibir las Asignaciones Familiares que establece la legislación vigente”. Las Administraciones Municipales y Comunales consideraron que era de aplicación la Ley Provincial 9.290, que establecía las causas y los montos para abonar ese derecho constitucional (Art.14Bis)
Durante la “segunda etapa neoliberal” que vivió la Argentina en la gestión de Carlos Menem y en el marco de un proceso de achicamiento del rol del estado, privatizaciones, flexibilización laboral y pérdida de derechos sociales, la Legislatura Santafesina además de autorizar la privatización del Banco Provincial de Santa Fe, también otorgó al Poder Ejecutivo facultades extraordinarias, entre ellas la de fijar los valores de las Asignaciones Familiares. Lo que en la práctica significó un virtual congelamiento de las mismas y ajuste en los ingresos de los trabajadores, a punto de ser depreciable.
En este caso, la Ley 11.410 en su artículo 2, le otorga al Gobernador de la Provincia facultades para disponer el cambio de los valores de las Asignaciones familiares. Hecho que se produce a través del Decreto 2348/20; en cuyo artículo 2 se establece “Incrementar, a partir del 1° de diciembre de 2020, en un DOSCIENTOS POR CIENTO (200%) el monto de cada una de las Asignaciones Familiares previstas en la Ley N° 9.290 sus modificatorias, como así también de la Asignación por Hijo menor a cuatro (4) años prevista en los Decretos N°1760/1989 y N°3486/1991.”
Si bien es importante la modificación efectuada y rompe con el feroz congelamiento impuesto por los Gobernadores anteriores, las diferencias con los montos establecidos por el Gobierno Nacional siguen siendo abismales. Mientras la Nación abona $ 900 por Cónyuge, la Provincia “elevó su valor” a $ 120. Asimismo con la Asignación por Hijo la relación es $ 780 contra $ 3.717.
El Secretario General de FESTRAM, Claudio Leoni, ratificó que continuarán con las acciones legales y sindicales para lograr al menos la equiparación con la Nación.
“La Justicia es un valor que se perdió en el Mercado, la jueza Dra. Delia Biroccesi -titular del Juzgado de 1ra instancia en lo Laboral, primera nominación de la ciudad de Santa Fe- desechó en tiempo récord digno del Libro Guines, la medida cautelar presentada por FESTRAM para preservar la igualdad de derechos entre los mismos ciudadanos y trabajadores. Estamos continuando el trámite por la vía contenciosa administrativa esperando que nos toquen jueces consustanciados con los problemas reales de los sectores del trabajo, porque ahora con el aumento la Asignación por Educación Básica es de $ 9, no llega a un tercio del costo de una goma de borrar Dos Banderas” expresó Leoni.