Agroquímicos: piden que la franja de prohibición se amplíe a 500 metros
Vecinales solicitan que la ordenanza vigente se ajuste a la ley provincial. Además, denuncian que “no se cumplen” medidas de precaución.
Representantes de diez agrupaciones vecinales de la ciudad presentaron una nota al Concejo solicitando que se amplíe a 500 metros la franja de prohibición para aplicar productos fitosanitarios por vía terrestre en campos aledaños a zonas urbanas. En ese sentido, pidieron que la ordenanza vigente se ajuste a la legislación provincial.
El documento, que ingresó al recinto en su última sesión ordinaria, hace foco en “dictámenes de la Justicia santafesina […] los cuales son siempre iguales o mayores a la distancia de 500 metros” y también llama la atención sobre “los diversos estudios e investigaciones […] que a través de datos estadísticos hablan de enfermedades terminales y deterioro de la salud en general”.
Por otro lado, la nota denuncia que existen disposiciones vigentes que “no se cumplen”. En esa línea, se hace foco en medidas como la prohibición para circular dentro del radio urbano con equipos de aplicación, así como la obligatoriedad del uso de elementos de protección para personas involucradas en la manipulación de productos fitosanitarios.
El reclamo, que también pide una reunión con la Comisión de Medio Ambiente del cuerpo legislativo, cuenta con el aval de las Vecinales de Tierra de Sueños 1, Tierra de Sueños 2 y 3, Las Acequias, Acequias del Aire, Las Tardes, 17 de Agosto, Los Aromos, Punta Chacra, Alta Celina y La Esperanza.
Así, se suma un nuevo capítulo en relación a una problemática que no termina de generar discusiones y polémicas en la ciudad.
Normativas
Sancionada en 2012, la Ley Provincial Nº 11.273 establece en su artículo 34: “Prohíbese la aplicación terrestre de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 500 metros de las plantas urbanas. La aplicación por este medio de productos de clase toxicológica C y D se podrá realizar dentro del radio de los 500 metros”.
Por su lado, la ordenanza que rige en Roldán desde ese mismo año rechaza la aplicación terrestre de “productos fitosanitarios en todas su variantes toxicológicas” en una distancia menor a cien metros de cualquier zona urbana, en tanto que prohibe “el uso de productos fitosanitarios tóxicos y muy tóxicos (A y B) en todo el distrito de Roldán, según lo establecido por Senasa u Organismo que en el futuro pudiere reemplazarlo”.
En ese sentido, las legislaciones provincial y local no asoman en principio como contradictorias.