Indemnización por incapacidad laboral: ¿cómo juegan la creciente inflación y los intereses en juicio?
Los doctores Agustín Merayo y Pablo Angelero, de Abogados Laborales de Rosario, se refieren a esta problemática y a un fallo de su estudio que llegó a los medios.
Por Agustín Merayo y Pablo Angelero
La Justicia Laboral de Rosario condenó a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) a abonar la indemnización correspondiente por incapacidad laboral permanente a un trabajador. En base a este suceso, es conveniente observar cuál es la problemática ante la creciente inflación y los intereses en juicio.
Un fallo de este tipo del estudio Abogados Laborales de Rosario llegó a los medios de comunicación y nos hace interrogar sobre cómo es que se actualizan los créditos, teniendo en cuenta la demora en los juicios laborales. Este caso trata de un trabajador que, mientras se encontraba en horario laboral realizando sus tareas normales y habituales, buscando mercadería para reponer en góndolas, arrojó un paquete con la mano izquierda. En ese momento, sintió un tirón y un ruido en el dedo anular.
Frente a la intensidad del dolor, el trabajador dio aviso a su empleador, quien lo remitió a su ART. Recibida la denuncia, la aseguradora lo citó a control médico, otorgándole el tratamiento correspondiente. Finalmente, le indicaron el alta médica, sin otorgar incapacidad alguna. La situación es de lo más normal, ya sea por la habitualidad de este tipo de accidentes como que la ART enseguida otorgue alta sin incapacidad. Esto obliga al trabajador a iniciar el juicio para poder cobrar sus indemnizaciones por los daños padecidos.
Con respecto a las pericias médicas en el juicio, en el caso del trabajador que la ART dijo que estaba sano, logramos una incapacidad del 9%. Esto fue a dos años de transcurrido el accidente, aproximadamente. Es allí donde es vital preguntarse cómo se resarce todo este tiempo, viendo la inflación absolutamente en alza y casi descontrolada que tenemos, sumada a la baja tasa de interés que se fijan en los juicios.
En este caso en particular, el juez fijó un 8% anual, algo totalmente desajustado a la realidad. Tuvimos que apelar por ese motivo. Al momento de la sentencia, el trabajador no solo debe ser resarcido, sino también que esta, con la fijación de intereses, debe desalentar este tipo de maniobras especulativas de las empresas aseguradoras, que lucran con la salud del trabajador accidentado.
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