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Senadores justicialistas escucharon diferentes posturas sobre el proyecto de Ley de ART

Los legisladores Traferri, Rosconi y Cornaglía se reunieron en Casa de Gobierno, con representantes de la Federación Industrial de Santa Fe y la Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario.

El Presidente del Bloque Justicialista, Senador Armando Traferri (Departamento San Lorenzo), junto a los Senadores Provinciales Eduardo Rosconi (Departamento Caseros) y Guillermo Cornaglia (Departamento Belgrano), estuvieron presentes en la sala de reuniones del bloque en la Casa de Gobierno, sede Rosario, para escuchar las posturas de la Federación Industrial de Santa Fe y la Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario, sobre el debate legislativo provincial por la adhesión a la Ley Nacional de Riesgos de Trabajo -número 27.348-.

Esta norma fue sancionada, a nivel nacional, en febrero del 2017 y es un complemento a la Ley De Riesgos del Trabajo (Nº 24.557), sancionada en 2004. El argumento más fuerte, de adhesión a la misma, es la baja en la litigiosidad por accidentes laborales y de las alícuotas de las aseguradoras que se produjeron en las provincias que adhirieron a la ley.

«La provincia es la que tiene los costos más elevados en términos de seguros de riesgos del trabajo, si la comparamos con distritos como Córdoba; Mendoza, Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, sostienen desde la Federación Industrial de Santa Fe.

Estos números, a nivel provincial, según los datos publicados por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, han aumentado en 2018: la litigiosidad creció un 14,4% y el costo de las alícuotas se ubicó en el 3,84% del total de la masa salarial, por encima del promedio a nivel nacional: 2,83%.

El proyecto en cuestión, dispone la actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales, creadas por el artículo 51 de la ley 24.241 y sus modificatorias, constituyendo esta la instancia administrativa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención para el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, siendo esta la que solicitará la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos de Trabajo.

Asímismo, establece la obligatoriedad de la intervención de las Comisiones Médicas (CCMM) como paso previo en el reclamo de un trabajador por un accidente laboral. Estas, serían reguladas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en colaboración con el Poder Ejecutivo Provincial a través de “convenios de colaboración” para un mecanismo de supervisión conjunta.

Desde la Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario opinaron que estas Comisiones son inconstitucionales: “El proyecto de adhesión convalida que las Comisiones Médicas Jurisdiccionales sean equiparadas a órganos administrativos, aún cuando la jurisprudencia de la Justicia Laboral y la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación las haya declarado inconstitucionales”.

“El proyecto no determina que éstas se transformen en un Órgano Estatal integrado por funcionario públicos con estabilidad, y que tengan la capacidad necesaria para producir pruebas de los accidentes y enfermedades. Los médicos carecen de la idoneidad técnica suficiente para evaluar las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. No están en condiciones de investigar la verdad real y emitir resoluciones sobre la existencia del accidente de trabajo o determinar si la enfermedad que padece el trabajador tiene vinculación con el trabajo realizado, o con el incumplimiento de las normas de prevención”, esgrimen desde la Asociación.

También apuntaron contra los nuevos plazos que ésta establece: “El Artículo 11 introduce un plazo de 20 días hábiles para que el trabajador requiera el pronunciamiento de la Comisión, luego de transcurrido el plazo de 60 días hábiles sin que se haya expendido. Ello implicaría un alargamiento del trámite ante la CC.MM. a 80 días hábiles, como mínimo. La provincia no puede adherirse a una ley que somete a los trabajadores a un procedimiento que suspende, aproximadamente, por seis meses, su derecho a la jurisdicción, limitación injustificada de un derecho fundamental que no se impone a ningún otro sector social, constituyendo una evidente discriminación de clase, contraría a la Ley 23.592, la Constitución Nacional y Provincial y los pactos con Jerarquía Constitucional”.

Los legisladores Traferri, Rosconi y Cornaglia escucharon ambas posturas, asumiendo el compromiso de analizar y estudiar los planteos efectuados, con el objetivo de lograr una Ley que encuentre el equilibrio en un tema que se plantea conflictivo.