Ya no será necesario hacer fila afuera: se eliminaron las restricciones de aforo
En todo Santa Fe se permite el uso del máximo de la capacidad de espacios cerrados destinados a actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas o de servicios.
El Gobierno de Santa Fe eliminó las restricciones de aforo implementadas en el marco de la lucha contra la pandemia del covid-19. Se trata de la limitación que estaba vigente para los espacios destinados a actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas o de servicios. A partir de ahora pueden ser ocupados en toda su capacidad, pero se mantiene la exigencia del barbijo, ventilación y pase sanitario a mayores de 13 años, como parte de las medidas de prevención de la enfermedad.
Mediante la Resolución N° 88, el Ministerio de Gestión Pública de la provincia modificó el decreto en el que se establecieron los límites para desarrollar actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas o de servicios. Por entonces se había determinado un uso máximo del 70 % de la capacidad disponible. Ahora la normativa habilita la ocupación total de la superficie disponible en esos ámbitos.
No obstante se dispone mantener las demás restricciones para prevenir contagio de covid-19. En estos espacios aún se exigirá el esquema completo de vacunación a personas mayores de 13 años con un plazo de al menos 14 días antes de asistir a estos lugares; además del uso del barbijo obligatorio en espacios cerrados, distanciamiento, ventilación, higiene de manos y la prohibición de participación en las actividades de las personas que revistan la condición de «caso confirmado», «caso sospechoso» o «contacto estrecho» de Covid-19.
Según se indica en la resolución, la medida se basa en una «mejora de los indicadores epidemiológicos y una buena situación del sistema de salud, en directa relación con el avance del plan de vacunación y el porcentaje de efectiva inoculación de la población del esquema completo». En esta línea sostienen que «es factible permitir en las distintas actividades la ocupación del máximo del aforo, sujeto a que, conforme las características del lugar de realización, permita a los asistentes el cumplimiento de las reglas de conducta, que se mantienen vigentes; dejando asentado desde ya que las mismas podrán revocarse en cualquier momento si la dinámica de casos y ocupación de la infraestructura sanitaria lo aconsejaran».